Inventora: María Teresa Pallarés Crespo
Invento:
A la vista de las figuras reseñadas puede observarse como el buzón (1) de la invención, que puede tener cualquier forma y dimensiones apropiadas, y como los existentes actualmente en el mercado, presenta un frente que puede incluir una parte fija (2), que afecta, por ejemplo, a un lateral y a la parte inferior, como se representa en las figuras, y una parte móvil (3) ocupando el resto del frontal del buzón (1), constituyendo la correspondiente puerta, careciendo ésta como se puede ver en las figuras de la clásica ventana o ranura de introducción de los documentos.
Evidentemente, dicha puerta o parte móvil (3) del buzón (1) podrá estar abisagrada, abrirse hacia el interior, abrirse hacia el exterior, ser basculante, etc, de manera que en la forma de realización mostrada dicha puerta (3) bascula sobre un eje (4) en contra de la acción de un muelle (5) que tiende constantemente a mantener la puerta (3) en posición de cierre, existiendo un eje superior (6) que permite que bascule la puerta (3), desplazándose ésta hacia el interior basculando sobre el eje (4) referido.
De esta manera, la puerta, por efecto del muelle (5), tiende a adoptar siempre una posición de cierre en la que puede actuar libremente un pestillo de cierre (7) accionable mediante una llave, a través de la correspondiente cerradura (8), pudiendo ésta ir situada en la parte fija lateral como se representa en la figura 1, o en la parte fija inferior como se representa en la figura 2.
En el caso de que el buzón (1) corresponda a una comunidad de vecinos, el pestillo (7) que cierra la puerta (3) de cada buzón podrá ser accionado por su propietario a través de su llave que entrará en la cerradura (8), pudiendo ser accionado además ese pestillo (7) central que se iza mediante un micromotor, electroimán u otro medio eléctrico similar a distancia, desde el clásico buzón para el cartero, de manera que cuando éste acciona su buzón, de manera automática se desbloquean todos los pestillos (7) de los distintos buzones de la comunidad, permitiendo introducir dicho cartero las cartas en cada uno de ellos. Cuando el cartero finalmente cierre su buzón se produce automáticamente el bloqueo de todos los buzones de la comunidad. De tratarse de un buzón individual o de vivienda unifamiliar, como ocurre con los chalets, entonces solo existirá un buzón al no existir buzón de cartero, de modo que en este caso la cerradura (8) será construida para que por un lado se pueda abrir con la misma llave con la que el cartero abre su buzón en comunidades, es decir, con una llave maestra, y por otro lado para que se pueda abrir con una llave específica en poder del propietario, que como es lógico será diferente a la de sus vecinos.
Evidentemente, si el buzón está dotado de una alimentación eléctrica para llevar a cabo el bloqueo y desbloqueo automático de todos ellos, entonces podrá montarse una lámpara en el interior de cada buzón, encendiéndose y apagándose cada vez que se abra o cierre la puerta (3) del buzón.
Finalmente, decir que en la parte fija (2) del buzón (1) y/o la puerta (3) del mismo, podrá estar afectada de ranuras, ventanas o cualquier otro medio que permita ver el interior, para comprobar si hay o no correspondencia sin necesidad de abrir la puerta (3), aunque esas ventanas, orificios o ranuras sean de pequeño tamaño para impedir la introducción de publicidad u otros objetos extraños.